El dominio que no se deja trasladar

A veces el traslado de un dominio puede convertirse en toda una pesadilla para el propietario por diferentes motivos.Resulta bastante frecuente que cuando se nos encarga el traslado de un dominio para cambiar de agente registrador no todo sea un camino de rosas y comiencen a surgir problemas.

Muchos diseñadores web tienen la fea costumbre de quedarse, a su nombre, los dominios de sus clientes. En una ocasión hablé con uno que lo hacía y, no conforme, le parecía normal y se justificaba «así si quiere irse tendrá que comprármelo para llevárselo» me decía, hijo mío, que bien te iría un parche en un ojo. Esto ya es un caso un poco exagerado porque se jactaba de ello, pero lo cierto es que muchos lo hacen para tener «pillado al cliente» y no solo diseñadores, también empresas de hosting.  En este post me voy a centrar justo en ese segundo caso, cuando quien pone impedimento es una empresa de hosting o un agente registrador.

¿Por qué puede prohibirse el traslado de un dominio?

La mayoría de las veces la prohibición o bloqueo para traslado de un dominio es legítima. Esto es posible porque ICANN establece unas condiciones a los agentes registradores que impiden el traslado de un dominio cuando:

  • No ha pasado 60 días desde que el nombre de dominio fue registrado por primera vez o desde que fue trasladado por última vez.
  • Por orden judicial. Por ejemplo, cuando se está litigando sobre la propiedad de ese dominio.
  • Por objeción expresa del titular del dominio.
  • Evidencia de fraude.
  • Cuando se sospecha que la persona que intenta trasladarlo no es quien dice ser. En este caso se levantará la prohibición cuando que de debidamente demostrada su identidad.
  • Cuando un dominio está bloqueado sin ser por ninguna de las causas anteriores. en estos casos se soluciona fácilmente pues el registrador debe car mecanismos rápidos para su desbloqueo al titular.

Cuando un proveedor no facilita el Auth Code de un dominio genérico

El Auth code es un código que se utiliza para poder trasladar de un registrador a otro los dominios genñericos (.com. .net. org, etc).

ICANN establece que los agentes registradores deben facilitar el Auth Code cuando se les solicite o bien, permitir que el propietario del nombre de dominio pueda acceder a el desde su área de cliente. Aún así, a veces , cuesta un poco mas de trabajo de lo que debería conseguir el Auth Code.

Algunas veces lo que está pasando es que el proveedor que vendió el dominio es un intermediario y no es el agente registrador autorizado pero aunque así sea, debe facilitar el Auth Code en un plazo de tiempo no superior a cinco días desde que se le ha solicitado. De non hacerlo podremos reclamar mediante el ICANN y es muy efectivo hacerlo, pero para ello debemos tener la certeza de quien es el agente registrador.

Muchas veces la tarea se complica y, si no se sabe tratar el problema adecuadamente, puede llegar a no hacerse. Si tienes un problema de este tipo, no dudes en consultarnos, te ayudaremos a llevarlo donde tu quieras y/o a ponerlo a tu nombre si en principio no lo está.

 

 

 

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